Foro Calificaciones y consulta UNIDAD 3

Libia Mondol

Libia Mondol

de Marco Tulio Cajas -
Número de respuestas: 2

Libia Mondol

Teoría Causal de la política

La educación es una herramienta fundamental para cualquier país para lograr un verdadero desarrollo social y económico de éste, por eso necesario establecer una política que garantice la inversión adecuada en el sistema educativo costarricense. A fin de brindar las condiciones adecuadas de infraestructura, insumos, materiales, programas efectivos a la población estudiantil, y a las personas trabajadoras de la educación, para que se desempeñen y desarrollen las actividades y funciones asignadas de la mejor manera  posible.

Al respecto los actores involucrados para garantizar una cobertura económica deben velar por la asignación adecuada de los recursos necesarios, ya que no corresponde únicamente en este caso al Ministerio de Educación Pública garantizar la inversión y la ejecución, sino a la Asamblea Legislativa destinar los fondos económicos de cada partida. Igualmente al Ministerio de Hacienda presupuestar todos los rubros y partidas necesarias.

 


En respuesta a Marco Tulio Cajas

Re: Libia Mondol

de Marco Tulio Cajas -
Aunque es una descripcion valorativa de la politica no expresa la teoria causal de la politica. Ej. ¿Por qué se asume que esta politica vá a mejorar laa calidad de. la educaciòn?
En respuesta a Marco Tulio Cajas

Re: Libia Mondol

de Libia María Mondol López -
Para reforzar la teoría causal indico lo siguiente:
Con la última reforma al artículo 78, se dispuso por mandato constitucional, la obligación del Estado costarricense de dedicar a la educación, considerando también la educación superior, el 8% anual del PIB, el cual debía empezar a cumplirse a partir del año 2014.
El problema que esta norma no ha sido cumplida, si bien se estableció una política pública de respeto a la inversión en sistema educativo, para el año 2024 se aprobó el presupuesto más bajo de los últimos nueve años, y esto evidentemente deviene en un perjuicio al sistema educativo como tal, en cuanto necesidades existentes en programas, calidad de la educación, cobertura, programas sociales, infraestructura, beca, entre otros.
En un análisis racional legalista y burocrático, desde mi formación profesional como abogada, esta disposición es un deber ser, en el sentido inclusive de que la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en su artículo 26 establece el principio de progresividad, en cuanto a que en materia de derechos económicos, sociales y culturales, en este caso específicamente el de la ·educación, no debe darse la regresividad en cuanto a su reconocimiento y disfrute.
La educación es un derecho humano fundamental, el reconocimiento del porcentaje no debe constituir una norma aislada sólo por cumplir, ni su contenido es vacío, si no que se debe velar por su respeto efectivo. Comparativamente el 8% dispuesto en la normativa costarricense podría ser un porcentaje superior al de otros países, no obstante, la inversión pér capita por estudiante es inferior a lo que destinan otras naciones, como sucede los que integran la OCDE y de la cual somos parte. Y esa es la reflexión final que debe pesar en el análisis que se debe realizar sobre la necesidad de contar con una verdadera política pública, para brindar mejores oportunidades a todos los estudiantes del país y por consiguiente puedan superar los rezagos y las brechas sociales.